Pagos atrasados de indemnizaciones: ¿Qué prosigue?

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En este artículo hablaremos sobre las indemnizaciones por despido, los tipos de indemnizaciones que se pueden presentar y lo que puede ocurrir si la empresa se retrasa en los pagos. Acompáñanos hasta el final si quieres saber cómo solventar los problemas de gestión de tu empresa.

Indemnizaciones

La indemnización puede definirse como el proceso seguido al despido o la renuncia de un trabajador. En pocas palabras es el pago que corresponde por una cantidad específica de tiempo laborado en una misma empresa o con un mismo empleador.

Cuando el empleado es despedido, el momento de la indemnización suele ser mayor (se perciben varias indemnizaciones, dependiendo del caso) que si el empleado decide retirarse de su puesto de trabajo de manera voluntaria.

No obstante, para que el empleado perciba una indemnización por un despido involuntario, los causales deben ser por alguna necesidad particular de la compañía o por desahucio. Si el despido fue por alguna de las causas establecidas en el artículo 160 del Código del Trabajo, mala conducta, daños a la empresa, abandono injustificado de la labor, entre otras, el trabajador no tiene derecho a una indemnización.

Tipos de indemnización por despido

En Chile la Ley de trabajo describe 3 tipos de indemnización, cada una por un caso particular, te las mostramos a continuación:

Indemnización por años de servicio

Este tipo de indemnización solo aplica a aquellos empleados que han sido despedidos de una organización o un trabajo, el pago equivale a un mes de salario por cada uno de los años que el individuo prestó sus servicios. En este caso se establece un límite de 11 años.

Indemnización sustitutiva del aviso previo

Este tipo de indemnización se da adicional a la de años por servicio, en el caso de que el individuo sea despedido y no haya recibido la notificación o preaviso 30 días antes de su retirada de servicio.

La ley de Trabajo en Chile señala que todo despido debe ser notificado 30 días antes, días en los que el empleado tendrá que seguir prestando sus servicios a la empresa. En caso de ocurrir un despido inmediato, el empleado debe terminar la jornada del día y se le tendrá que cancelar un mes extra, a pesar de que no asista.

Indemnización del feriado anual (vacaciones)

Todo trabajador en Chile sin considerar el tipo de contrato o puesto que tenga en una compañía o establecimiento tiene derecho a percibir vacaciones legales. Por cada año de servicio el trabajador le corresponde un periodo de 15 días hábiles, si la persona es despedida, tiene derecho a percibir cada día vacacional que no usó durante su trabajo. Vale destacar que un día de vacaciones vale un día de trabajo.

Si aplica, este es un monto que debe ser sumado a la indemnización por años de servicio, así como a la indemnización sustitutiva sin previo aviso.

¿Qué ocurre si se atrasa el pago?

La ley de trabajo establece que la empresa o contratante tiene 10 días hábiles luego de presentar el despido para cancelar el finiquito que fue aprobado por ambas partes y donde se establece las indemnizaciones que corresponden al trabajador de acuerdo a las causales de despido y los años de servicio.

El trabajador debe recibir su indemnización al momento de terminar la relación laboral, si la empresa no puede cancelar en el periodo establecido, recibirá una multa o deberá pagar la indemnización en único pago.

No obstante, la empresa y el trabajador pueden establecer un tiempo para que la compañía proceda con el pago, además, la ley admite que el pago sea fraccionado si así se amerita, siempre y cuando se consideren los intereses y ajustes pertinentes.

Es de suma importancia que dicho pacto quede por escrito y sea ratificado frente a un Inspector del Trabajo, el incumplimiento del pago puede empujar al empleado a tomar medidas y solicitar el pago total o denunciar frente a la Inspectoría de trabajo.

¿Cómo calcular el interés en caso de retraso?

No pagar la indemnización es ilegal, por lo que la empresa que se retrase o decida no pagar el monto correspondiente se expone a las multas que presentamos a continuación.

Compañías con 1 a 49 trabajadores: 9 UTM (Unidad Tributaria Mensual) equivalente a $518.013 pesos chilenos.

Empresa con 50 – 199 trabajadores: 30 UTM ($1.726.710 pesos chilenos)

Empresa con 200 o más trabajadores: 40 UTM ($2.302.280 pesos chilenos)

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