Gratificaciones legales proporcionales ¿Cuándo aplican?

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Hoy hablamos sobre las gratificaciones legales proporcionales, en qué casos se aplican y cómo deben ser canceladas. Acompáñanos.

¿Qué son las gratificaciones legales?

Las gratificaciones legales en Chile consisten en bonificaciones que por ley las empresas privadas deben cancelar a cada uno de los empleados activos en su nómina, sin importar las características de su contrato, es decir, que estos pueden ser contratados a plazos, trabajadores, fijos, de tiempo parcial, etc.

Dicho monto es entregado conforme a lo que se establece primeramente en el contrato de trabajo y conforme al salario base de los trabajadores.

La ley del trabajo establece que el contrato debe contar con una cláusula directa que establezca las gratificaciones legales. Entre sus tipos podemos destacar los siguientes:

Gratificaciones legales convencionales

Son las que estipula en el contrato de trabajo. Estas se subdividen en garantizadas y no garantizadas.

Gratificaciones garantizadas

Consisten en las bonificaciones que las empresas tienen la obligación de entregar en algún tipo de evento, sin considerar si la empresa alcanza suficientes ganancias líquidas.

Gratificaciones no garantizadas

Están sujetas a la eventualidad de si la empresa obtiene una cantidad suficiente de ganancias líquidas en el periodo de ejercicio financiero.

Gratificaciones legales completas

El trabajador tiene derecho a percibirlas una vez que ha cerrado un ciclo completo de año de ejercicio financiero en la empresa.

Gratificaciones legales proporcionales

Y por último están las gratificaciones legales proporcionales, que son bonificaciones que la empresa entrega a todos los empleados que no han completado un año de trabajo en la empresa.

Es por ello que en estos casos reciben una cantidad proporcional al tiempo que han laborado, conforme al Artículo N.º 52 del Código del Trabajo.

Gratificaciones truncas

Este tipo de gratificación corresponde a aquellos empleados que no han tenido una relación laboral larga, pero han completado un mes completo.

Estos tienen derecho de recibir la gratificación legal por el tiempo proporcional de trabajo en el semestre que corresponda, bien sea del mes de enero a julio o del mes de julio a diciembre.

Pago proporcional de gratificaciones legales

Las gratificaciones legales pueden ser canceladas por la empresa de dos maneras. En la primera manera o modalidad de prorrateo, establecida en el Artículo 47 del Código del Trabajo, las empresas que perciben utilidades líquidas deben cancelar una gratificación anual a los trabajadores en proporción no menor de un 30% de las ganancias obtenidas en dicho tiempo.

Es decir, la ganancia líquida de un 30% deberá repartirse entre los trabajadores.

En caso de realizarse a través de un sistema de abonado, la gratificación no debe superar un 4,75 % de los Ingresos Mínimos Mensuales, estableciendo el final del periodo anterior el 31 de diciembre.

En donde la retribución será entregada de manera mensual, sin entregar una relación a la ganancia anual. Para ello se calcula basándonos en el sueldo del empleado, tiempo extra trabajado, bonos imponibles.

Posteriormente, se suman los diferentes montos y multiplicar por 25%, obteniendo el monto apropiado de la gratificación legal.

Las gratificaciones proporcionales, por otro lado, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 52 del Código del Trabajo, corresponden a aquellos que no han conseguido completar un año laboral para la empresa, pero tienen derecho a recibir una gratificación en proporción a los meses trabajados.

Ésta es calculada en correspondencia con una cantidad de días consecutivos, desde uno en un mes hasta el otro, el mismo día, en el siguiente mes, sin tomar en consideración los días que no completen el mes.

De esa manera, no esencialmente se considera el mes como un mes calendario, por ejemplo, de 10 a 10 o de 20 a 20, si la relación laboral termina un día 30, no tiene derecho a la gratificación proporcional por los días que han corrido dicho mes hasta el momento de despido.

¿Cómo se puede interrumpir una relación laboral?

La relación laboral puede ser terminada por diferentes motivos. Para empezar, el trabajador puede solicitar una renuncia voluntaria.

De igual forma, la relación laboral puede interrumpirse por una fuerza mayor como enfermedad, o por conductas indebidas graves como el acoso sexual, conducta inmoral, negociaciones prohibidas, incumpliendo graves del deber, entre otras.

La interrupción laboral debe comunicarse por medio de una carta que debe ser entregada de manera personal o por correo electrónico al trabajador, asimismo debe introducirse una copia en la Inspección del Trabajo.

La carta debe explicar detalladamente la causa legal aplicada, los hechos en que se fundamenta, el monto que se va a indemnizar, según corresponda. El trabajador debe ser notificado con un mínimo de 30 días.

En general, el pago de las gratificaciones legales es un proceso sencillo, no obstante, requiere de cierta cantidad de tiempo, el cual aumenta de acuerdo al número de trabajadores activos.

Por ello, cada vez son más utilizados los softwares de remuneraciones como el que ofrece Rex+, que facilita el manejo de datos, el procesamiento de cálculos y pagos de manera eficiente y en el tiempo apropiado.

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