Todo sobre la retención honorarios 2021 por préstamos solidarios

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El Préstamo Solidario del Estado por retención de honorarios 2021, se creó en el contexto de la emergencia sanitaria, intentando brindar soluciones. Para que así los trabajadores o empleadores que trabajaban por su cuenta, que hayan sufrido una disminución superior al 10% de sus ingresos formales logren obtener un préstamo en Unidades de Fomento.

¿Qué es el préstamo solidario y cuándo fue habilitada?

El préstamo solidario tiene como objetivo ser un respaldo o ayuda extra para las familias de clase media, las cuáles fueron las más afectadas por la pandemia. Es un crédito que se aplicará mensualmente sin ningún tipo de intereses, ya seas una persona natural o un empresario, solo tienes que cumplir los requisitos. Aún se pueden hacer postulaciones ya que cierra el 31 de octubre. 

Este subsidio permite cubrir hasta un 70% de la caída de los ingresos que se tuvo por la pandemia. Y tendrán un tope de hasta 650 mil pesos mensuales al que se podrá acceder hasta en tres oportunidades. Pero si la persona cuenta con el Bono Clase Media, únicamente podrá acceder a este préstamo en dos ocasiones. Todo esto quedó plasmado en la Ley 21.323 y es totalmente voluntaria, a decisión de cada quién si se postulan o no.

¿Qué dice la ley 21.323? 

Con una fecha pautada del 6 de abril de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.323 lo siguiente: «Establece un nuevo bono clase media y un préstamo solidario para la protección de los ingresos de la clase media». Se establecieron ciertos requisitos en el artículo 3º de la ley, dónde se explica cómo es que tendrán acceso a los beneficios. 

Requisitos del préstamo solidario por retención de honorarios 2021

Se estipula en el artículo 3 de la Ley 21.323 que, solamente serán beneficiarios que cumplan los siguientes requisitos copulativos:

  • El primero es que tengan un ingreso promedio mensual en 2019 que sea mayor o igual a $298.833, sin tope máximo.
  • Contar con una disminución de al menos un 10% de los Ingresos Promedio. En el pasado segundo semestre de 2020 e en el mismo semestre pero del periodo de 2019.
  • A la fecha de vigencia de la ley, no se deberá tener montos pendientes de restituir por haber conseguido de manera ilegal el Bono y/o Préstamo Solidario 2020.

Tasa de retención para el 2021

Cuando se menciona la retención de honorarios 2021 hay que hablar de cómo serán las tazas por estos préstamos. Se dará inicio desde el  1° de septiembre de 2022, siempre y cuando se mantenga un saldo pendiente por devolver por concepto de Préstamo Solidario. Teniendo relevancia tu cargo, en cuánto será el porcertanje de retención:

  • Si eres un trabajador dependiente, o sea, que posee un sueldo. Se hará una aplicación del 3% de retención de acuerdo a sus rentas.
  • Si en cambio eres un trabajador independiente con honorarios, será una retención adicional o  se tendrá que realizar un PPM adicional de 3%.
  • Para los llamados empresarios individuales tendrán aumento de 3 puntos porcentuales (pp). En la tasa de Pagos Provisionales Mensuales del Impuesto de Primera Categoría que corresponda pagar.
¿Qué consideraciones se deben tomar?

Es vital mencionar que cada cuota anual no deberá exceder el 5% de las rentas que estén involucradas a la declaración anual de impuesto a la renta. Y, este préstamo tendrá que ser devuelto en cuatro cuotas anuales, que se adecuarán de acuerdo al IPC. Ya aclarado esto, esperamos que sea útil la información brindada. No dejes para mañana tus trámites, el tiempo corre y deberás tener claridad sobre la retención de honorarios 2021.

Lectura recomendada: DT extiende el plazo de carga del LRE de septiembre 2021

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