Decreto 44: ¿Qué dice la normativa sobre gestión preventiva de riesgos laborales?

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La seguridad y salud en el trabajo son aspectos fundamentales para cualquier empresa, y en Chile, el Decreto 44 establece las directrices clave para garantizar la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. 

Este 2024, en el mes de julio, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°44 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social certificando así un nuevo reglamento sobre la gestión preventiva de este tipo de riesgos. Te contamos todo lo que tu área de RR.HH. debe saber en esta nota.

¿Qué es el Decreto 44?

El Decreto 44 establece un reglamento que indica obligaciones que las entidades empleadoras deben cumplir para una correcta gestión de los riesgos laborales o profesionales. Esta normativa tiene como finalidad garantizar un entorno de trabajo saludable y seguro mediante medidas de prevención y protección, las cuales deberán adaptarse a la norma vigente.

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Principales puntos del Decreto 44

  • Mantención de condiciones y entornos seguros de trabajo: El decreto indica la eliminación o control de todos los riesgos que puedan afectar la vida y salud de los trabajadores de una empresa, incluyendo riesgo grave y de emergencias, catástrofes o desastres.
  • Enfoque en gestión de riesgos: La norma señala que las entidades empleadoras deben enfocarse en la gestión de riesgos laborales y en adaptar el trabajo a las personas desde el diseño de los procesos o los mismos puestos de trabajo.
  • Enfoque de género: Se destaca considerar la exposición a riesgos laborales según condiciones diferenciadas como biológicas, sociales, entre otras.
  • Compromiso de liderazgos: El decreto señala que los representantes y directivos de las entidades empleadoras deben comprometerse y promover la participación permanente de los trabajadores en la gestión de riesgos laborales.
  • Implementación: El decreto solicita la implementación de una matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos, así como un programa de gestión de riesgos bajo principios como la mejora continua, enfoque de género y la participación de los trabajadores. Además, esta matriz deberá estar en relación con los procesos y tareas de los puestos de trabajo y ser comunicada a todos los colaboradores.

Obligaciones para trabajadores

Del mismo modo, el reglamento da indicaciones sobre las obligaciones de los trabajadores en la gestión de riesgos laborales.

  • Cumplimiento de instrucciones: El trabajador o trabajadora deberá cumplir reglamentos y las medidas de seguridad y salud establecidas  de forma legal por la empresa.
  • Participación: Los trabajadores deben participar en las actividades preventivas que realice la entidad empleadora.
  • Elecciones: Participar en la elección para la constitución del Comité Paritario y en sus actividades programadas.

 

Cabe resaltar que el Decreto 44 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que establece el nuevo reglamento para la gestión de riesgos laborales tiene entrada en vigencia el 1 de febrero del año 2025. 

Para conocer el detalle completo de la norma, puedes ingresar al documento en el portal del BCN

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